Ref: 19712115. ImmoTESA comercializa chalet independiente a cuatro vientos, situado sobre una parcela de 383 m², que ofrece privacidad, luz natural y un gran potencial de reforma. La vivienda, distribuida en dos plantas, necesita una reforma integral, lo que le permitirá diseñar cada espacio a su gusto y adaptarlo completamente a sus necesidades. Dispone de un acogedor salón con fuego a tierra, dos balcones y una parcela con jardín y árboles frutales que aportan un entorno agradable y natural. El espacio exterior ofrece múltiples opciones, siendo ideal para construir una piscina y crear una magnífica zona de ocio y descanso para disfrutar en familia o con amigos. Una propiedad con grandes posibilidades, ubicada en una de las zonas más cotizadas de Barberà del Vallès, junto a todo los transportes y servicios, a tan solo unos 19Km de Barcelona, muy bien comunicado por las Autopistas AP-7 y C-58, así como RENFE Cercanías. Una oportunidad única para crear un hogar totalmente personalizado en un entorno privilegiado.
LA PARTE COMPRADORA NO PAGARÁ HONORARIOS A ESTA INMOBILIARIA, LOS ASUME EN SU TOTALIDAD LA PARTE VENDEDORA.
Gastos de Notaría, Registro e Impuestos no incluidos en el precio.
Localización del inmueble: Can Serra. Estado del inmueble: Necesita reforma integral. Superficie útil: 75m2 según Cédula de Habitabilidad. Superficie construida 182m2, según catastro. Certificación Energética con Nº VRV5H8SGJ / E - 465 Kwh/m2 año y E - 98 kg CO2/m2 año. Cédula de habitabilidad CHB 03728915001, válida hasta 08/08/2031. Zona Tensionada: SI. Condición de Gran Tenedor : NO. Número de Registro AICAT 9535. Nº de API A13008. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).
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