Ref: 19712011A. ImmoTESA comercializa la venta de una casa esquinera ubicada en la zona de la Creu de Barberà. Tiene una superficie de vivienda de 205 m² según catastro y un local de 119 m². Planta baja con local-garaje de 119 m² para varios vehículos totalmente diáfana y al ser esquinero tiene ventanas por las que entra la luz natural. En la primera planta encontramos 4 Habitaciones, 1 doble con acceso a balcón y 3 amplias habitaciones individuales. Baño completo con ducha y bañera de hidromasaje. Salón independiente con acceso a balcón. Cocina Office amplia completamente equipada con un buen espacio de trabajo. En la segunda planta 2 amplias terrazas muy ben aprovechadas. También hay una sala diáfana polivalente preparada para comidas familiares con un lavabo Casa completamente reformada. Carpintería exterior de aluminio, puertas de madera y suelos de gres. Calefacción. Situada cerca de todos los servicios y transportes de la ciudad.
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Gastos de Notaría, Registro e Impuestos no incluidos en el precio.
LA PARTE COMPRADORA NO PAGARÁ HORNORARIOS A ESTA INMOBILIARIA, LOS ASUME EN SU TOTALIDAD LA PARTE VENDEDORA.
Localización del inmueble: En la Creu de Barberà. Estado del inmueble: Muy Bien. Superficie útil: 162m2 según C.H. Superficie construida 324m2 según catastro. Certificación Energética con Nº 24V1H057Y / G - 464 Kwh/m2 año y G - 91 kg CO2/m2 año. Cédula de habitabilidad CHB 07377425001, válida hasta 19/12/2040. Condición de Gran Tenedor : NO. Número de Registro AICAT 9535. Nº de API A13008. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente). El precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa. La parte compradora no pagará honorarios a esta inmobiliaria, los asume en su totalidad la parte vendedora.
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