Ref: 19712073A. ImmoTESA comercializa este fantástico piso en venta EN EXCLUSIVA, amplio y muy luminoso, con orientación sur, lo que garantiza luz natural durante todo el día. La vivienda dispone de 4 dormitorios (2 de ellos dobles). Desde el dormitorio principal y desde el salón-comedor se accede directamente a una magnífica terraza, ideal para disfrutar del aire libre y momentos de relax. Cuenta con baño completo con bañera y aseo de cortesía. El salón-comedor, de aproximadamente 23 m², es amplio y acogedor, con chimenea (fuego a tierra), perfecto para reuniones familiares. La cocina office, espaciosa y funcional, dispone además de una práctica galería anexa. Entre sus calidades destacan la carpintería de aluminio, bomba de frío/calor en el pasillo distribuidor y toldo en la terraza. Ubicado en una zona céntrica, con todos los servicios a su alcance: comercios, transporte público, colegios y zonas de ocio. Una vivienda cómoda, luminosa y bien equipada, ideal para familias que buscan espacio y calidad de vida. Finca con ascensor.
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Gastos de Notaría, Registro e Impuestos no incluidos en el precio.
LA PARTE COMPRADORA NO PAGARÁ HORNORARIOS A ESTA INMOBILIARIA, LOS ASUME EN SU TOTALIDAD LA PARTE VENDEDORA.
Localización del inmueble: En Can Bogunya. Estado del inmueble: Muy buen estado. Superficie útil: 80m2 según catastro. Superficie construida 125m2 según catastro. Certificación Energética caducada y en tramitación. Cédula de habitabilidad Caducada y en tramitación. Condición de Gran Tenedor : NO. Número de Registro AICAT 9535. Nº de API A13008. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente). El precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa. La parte compradora no pagará honorarios a esta inmobiliaria, los asume en su totalidad la parte vendedora.
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