Ref: 19712135. ImmoTESA comercializa la venta de este ático esquinero exterior, muy soleado y luminoso, situado en pleno centro de Barberà del Vallès. La vivienda cuenta con dos amplias terrazas: una esquinera de unos 60 m² a pie de comedor, y otra en la planta superior de aproximadamente 95 m², con bonitas vistas al Tibidabo.
La vivienda dispone de 4 dormitorios, una amplia cocina con acceso al lavadero y un baño reformado, equipado con bañera y plato de ducha.
Se trata de un quinto real sin ascensor, perfecto para quienes buscan luminosidad, amplitud y espacios exteriores.
Ubicado en una zona céntrica y con todos los servicios cerca, se encuentra a unos 19 km de Barcelona y cuenta con muy buenas comunicaciones mediante AP-7, C-58 y RENFE Cercanías.
Una vivienda amplia y luminosa, con unas terrazas excepcionales y una ubicación muy bien comunicada.
LA PARTE COMPRADORA NO PAGARÁ HONORARIOS A ESTA INMOBILIARIA, LOS ASUME EN SU TOTALIDAD LA PARTE VENDEDORA.
Gastos de Notaría, Registro e Impuestos no incluidos en el precio.
Precio: 299.900.-€
Localización del inmueble: Centro. Estado del inmueble: Buen estado. Superficie construida 101m2 (según catastro) Superficie útil: 88m2 (según cédula de habitabilidad). Certificación Energética con Nº XXXL4XFGN / F - 232Kwh/m2 año y E - 48 kg CO2/m2 año. Cédula de habitabilidad CHBXXX2110001. Zona tensionada: SI. Condición de Gran Tenedor : NO. Número de Registro AICAT 9535. Nº de API A13008. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente)
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